sábado, 22 de septiembre de 2012

PANORAMA MUNDIAL DE LA EDUCACIÓN 2012


CONGRESO MUNDIAL SOBRE LOS

RECURSOS EDUCATIVOS ABIERTOS (REA)

UNESCO, PARÍS, 20-22 DE JUNIO DE 2012

DECLARACIÓN DE PARÍS DE 2012 SOBRE LOS REA.


Miercoles 20 – Viernes 22 Junio, 2012

Sede de la UNESCO, París, Francia

Preámbulo
El Congreso Mundial sobre  los Recursos Educativos Abiertos (REA), celebrado en París del 20 al 22 de 
junio de 2012,Teniendo presentes declaraciones internacionales pertinentes, entre ellas:
La Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 26.1), que establece que: “Toda persona tiene 
derecho a la educación”;
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículo 13.1), que reconoce “El 
derecho de toda persona a la educación”;
El Convenio de Berna de 1971 para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas y el Tratado de la 
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor de 1996;
La Declaración del Milenio y el Marco de Acción de Dakar de 2000, en que se formularon compromisos 
mundiales para proporcionar educación básica de calidad a todos los niños, jóvenes y adultos;
La Declaración de Principios de la Cumbre Mundial de 2003 sobre la Sociedad de la Información, y su 
compromiso de “Construir una Sociedad de la Información centrada en la persona, integradora y orientada al desarrollo, en que todos puedan crear, consultar, utilizar y compartir la información y el conocimiento”; La Recomendación de la UNESCO de 2003 sobre la promoción y el uso del plurilingüismo y el acceso universal al ciberespacio;La Convención de la UNESCO de 2005 sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales que establece que: “El acceso equitativo a una gama rica y diversificada de expresiones culturales procedentes de todas partes del mundo y el acceso de las culturas a los medios de expresión y difusión son elementos importantes para valorizar la diversidad cultural y propiciar el entendimiento mutuo”;La Convención de 2006 sobre los derechos de las personascon discapacidad (Artículo 24), que reconoce el derecho de las personas con discapacidad a la educación;Las declaraciones de las seis Conferencias Internacionales de Educación de Adultos (CONFINTEA), en las que se destaca el papel fundamental del aprendizaje y la educación de los adultos;
Resaltando que el término Recursos Educativos Abiertos (REA) fue acuñado en el Foro de 2002 de la 
UNESCO sobre las Incidencias de los Programas Educativos Informáticos Abiertos (Open Courseware), y 
designa a materiales de enseñanza, aprendizaje e investigación en cualquier soporte, digital o de otro tipo, 
que sean de dominio público o que hayan sido publicados con una licencia abierta que permita el acceso 
gratuito a esos materiales, así como su uso, adaptación y redistribución por otros sin ninguna restricción o con restricciones limitadas. Las licencias abiertas se fundan en el marco existente de los derechos de 
propiedad intelectual, tal como vienen definidos en los correspondientes acuerdos internacionales, y 
respetan la autoría de la obra,Recordando las declaraciones y directrices existentes sobre recursos educativos abiertos, como la Declaración de Ciudad del Cabo de 2007 para la Educación Abierta, la Declaración de Dakar de 2009 sobre recursos educativos abiertos y las Directrices de 2011 de la UNESCO y la Commonwealth of Learning sobre recursos educativos abiertos en la enseñanza superior,
Señalando que los  Recursos educativos abiertos  (REA)  contribuyen al logro de los objetivos de las 
declaraciones internacionales citadas anteriormente,Recomienda a los Estados, en la medida de sus posibilidades y competencias:


a. Fomentar el conocimiento y el uso de los recursos educativos abiertos.
Promover y utilizar los recursos educativos abiertos para ampliar el acceso a la educación en todos los 
niveles, tanto formal como no formal, en una perspectiva de aprendizaje a lo largo de toda la vida, 
contribuyendo así a la inclusión social, a la igualdad entre hombres y mujeres y a la educación para 
personas con necesidades educativas especiales. Mejorar tanto la rentabilidad y la calidad de la enseñanza como los resultados del aprendizaje a través de un mayor uso de los recursos educativos abiertos.

b. Crear entornos propicios para el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
Reducir la brecha digital mediante el suministro de una infraestructura adecuada, especialmente una 
conectividad de banda ancha asequible, una amplia disponibilidad de tecnología móvil y el suministro fiable de energía eléctrica. Mejorar la alfabetización mediática e informacional y fomentar la elaboración y el uso de recursos educativos abiertos en formatos digitales de normas abiertas.
c. Reforzar la formulación de estrategias y políticas sobre recursos educativos abiertos.
Promover la formulación de políticas específicas para la producción y el uso de recursos educativos abiertos dentro de estrategias más amplias que impulsen la educación.
d. Promover el conocimiento y la utilización de licencias abiertas.
Facilitar la reutilización, la revisión, la combinación y la redistribución de materiales educativos en todo el mundo mediante licencias abiertas, de conformidad con una variedad de marcos de referencia que permiten diferentes tipos de usos, al tiempo que se respetan los derechos de los titulares de derechos de autor.

e. Apoyar el aumento de capacidades para el desarrollo sostenible de materiales de aprendizaje de 
calidad.
Apoyar a instituciones y formar y motivar a profesores y demás personal para que produzcan e intercambien materiales educativos accesibles y de alta calidad, teniendo en cuenta las necesidades locales y la diversidad de los estudiantes. Promover la garantía de calidad y la revisión por pares de los recursos educativos abiertos. Alentar la creación de mecanismos para la evaluación y certificación de los resultados del aprendizaje alcanzados mediante recursos educativos abiertos.

f. Impulsar alianzas estratégicas en favor de los recursos educativos abiertos.
Sacar provecho de la evolución tecnológica para crear oportunidades que permitan compartir materiales que han sido publicados en diversos formatos con licencias abiertas y asegurar la sostenibilidad a través de nuevas alianzas estratégicas dentro de los sectores de la educación, la industria, las bibliotecas, los medios de comunicación y las telecomunicaciones, y entre ellos.

g. Promover la elaboración y adaptación de recursos educativos abiertos en una variedad de idiomas y 
de contextos culturales.
Favorecer la producción y el uso de recursos educativos abiertos en idiomas locales y en diversos contextos culturales en aras de su pertinencia y accesibilidad. Las organizaciones intergubernamentales deberían promover el intercambio de recursos educativos abiertos entre idiomas y culturas, respetando el conocimiento y los derechos propios de la cultura local.

h. Alentar la investigación sobre los recursos educativos abiertos.
Impulsar la investigación sobre la elaboración, el uso, la evaluación y la re-contextualización de los recursos educativos abiertos, así como sobre las posibilidades y los desafíos que estos plantean, y sobre sus repercusiones en la calidad y rentabilidad de la enseñanza y el aprendizaje, para reforzar la base de 
información empírica en que se funda la inversión pública en los recursos educativos abiertos.

i. Facilitar la búsqueda, la recuperación y el intercambio de recursos educativos abiertos.
Promover la elaboración de herramientas de fácil uso que posibiliten la búsqueda y recuperación de 
recursos educativos abiertos específicos y apropiados para necesidades determinadas. Adoptar normas 
abiertas adecuadas para favorecer la interoperabilidad y facilitar el uso de los recursos educativos abiertos en formatos diversos.

j. Promover el uso de licencias abiertas para los materiales educativos financiados con fondos públicos.
Los gobiernos o las autoridades competentes pueden generar beneficios sustanciales para sus ciudadanos 
velando por que los materiales educativos producidos con fondos públicos estén disponibles con licencias abiertas (con las restricciones que se consideren necesarias) para aumentar al máximo los efectos de la inversión.


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